Solicitud de renovación.
En modelo oficial, ante la autoridad competente, bien personalmente o por medio de representante legal debidamente acreditado, ante la Oficina de Extranjeros, Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, o Comisaría de Policía, del lugar de residencia habitual del solicitante, o bien mediante solicitud enviada a tales autoridades por medio de correo certificado, o a través de los registros de entrada cualquiera de las Administraciones Públicas, siempre y cuando no sean por motivo de la normativa aplicable, la comparecencia y/o solicitud personal del extranjero.
Plazo para las renovaciones.
La renovación de las autorizaciones de residencia temporal, residencia y trabajo tanto por cuenta ajena y por cuenta propia, por circunstancias excepcionales, estancia por motivos de estudios, deberán solicitarse, durante los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de su autorización. También puede presentase dentro de los 90 días naturales posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la anterior autorización, sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador por la infracción en la que se hubiese incurrido.
Efectos.
La presentación de la solicitud en plazo prorrogará la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento.
Una vez concedida la de renovación de la autorización correspondiente, el extranjero deberán en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la notificación de la resolución concediendo la renovación, solicitar previo pago de las tasas correspondientes, la emisión de la tarjeta de identidad de extranjero.
Salvo las autorizaciones de estancia por motivo de estudios, que se renovarán por el tiempo en que duren los mismos con el límite máximo de un año, las autorizaciónes de RESIDENCIA, en cualquiera de su modalidades, se renovarán la primera vez por un periodo de dos años, y la segunda vez por un periodo igual de dos años, y a partir de la primera renovación, en el caso de las autorizaciónes residencia y trabajo pueden levantarse o eleminarse las restricciones de ámbito geográfico o sector que pudieran contener.






